¿Has invertido en Criptomonedas y no sabes cómo declararlas ante Hacienda?
En este post te resolvemos todas las dudas para que evites encontrarte con sorpresas a la hora de hacer tu declaración de la Renta y Declarar Criptomonedas.
Te recordamos que, si tienes dudas sobre cómo hacer tu declaración correctamente, de qué bonificaciones fiscales te puedes beneficiar o no sabes cómo incluir alguno de tus bienes, le mejor es que dejes tu declaración en las manos de asesores fiscales especialistas en tramitar la Declaración de la Renta para evitarte «sorpresas». En Capital Gestión Estratégica heos puesto a tu servicio la Declaración de la Renta Fácil, y nos ocupamos de todo el trámite por ti.
La campaña de la Declaración de la Renta arrancó el pasado 11 de abril y como cada año viene con novedades. En este post vamos a centrarnos en explicar cómo debes tus ingresos digitales.
¿CÓMO TRIBUTAN LAS CRIPTOMONEDAS?
Lo primero que debemos señalar es que no tendrás la obligación de rendir cuentas con el fisco, siempre y cuando tus ingresos totales, en los que se incluyen nóminas, intereses, alquileres o ganancias generadas por la inversión en criptomonedas, no superen los 1.000 euros. Sin embargo, si superas esta cifra, deberás declarar todos y cada uno de tus bienes, en los que están incluidos las inversiones digitales o criptomonedas.
Aunque la legislación referente a este tipo de inversiones es todavía escueta, Hacienda considera las ganancias y perdidas de criptomonedas como bienes o pérdidas patrimoniales, por lo que en el borrador de ti declaración encontrarás una casilla específica (126 clave 0) en la que tendrás que indicar en qué fecha y qué valor tenían las criptomonedas cuando procediste a su adquisición, con el fin de que Hacienda pueda hacer un calculo de si has generado ingresos o pérdidas con estas operaciones.
¿QUÉ PASA SI COMPRÉ CRIPTOMONEDAS PERO YA NO LAS TENGO PORQUE LAS VENDÍ?
Si después de comprar criptomonedas tomaste la decisión de ponerlas a la venta , Hacienda también lo quiere saber.
La compra y venta de criptomonedas supone una variación patrimonial, por lo que también es obligatorio declarar las pérdidas de estas operaciones.
EN MI BORRADOR NO HAY OPCIONES SUFICIENTES PARA DECLARAR TODAS MIS OPERACIONES DE COMPRA Y VENTA DE CRIPTOMONEDAS ¿QUÉ HAGO?
Si eres de los que controla el mercado de las criptomonedas seguramente a lo largo de 2022 habrás realizado diferentes operaciones con el fin de obtener la mayor rentabilidad. Por ello, es probable que en el borrador de tu Declaración de la Renta no encuentres suficientes casillas para declarar a Hacienda tus movimientos, si es tu caso, nuestra recomendación es que agrupes los movimientos, con e fin de detallar la fecha de adquisición de la primera compra y de la última venta. Si tienes dudas con este punto, no dudes en contactar con nosotros para que hagamos tu Declaración.
HE INVERTIDO EN CRIPTOMONEDAS ¿CUÁNTO TENGO QUE PAGAR?
Seguramente esta sea la pregunta más frecuente entre los inversores digitales. Los tipos impositivos varían en función de la base imponible del ahorro. Te ponemos unos ejemplos para que lo veas más claro:
- Tienes menos de 6.000 euros, deberás tributar el 19% del IRPF
- Tienes entre 6.000 y 50.000 euros, deberás tributar el 21% del IRPF
- Tienes entre 50.000 y 200.000 euros, deberás tributar el 23% IRPF
- Tienes más de 200.000 euros, deberás tributar el 26% del IRPF
¿QUÉ PASA SI NO DECLARO MIS CRIPTOMONEDAS O NO LA HAGO BIEN?
Hacienda se ha puesto seria con el tema de las criptomonedas por lo que nuestra recomendación es que declares todos tus bienes y si tienes dudas de cómo hacerlo consultes con un asesor ya que no declarar correctamente las criptomonedas, según el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero del año 2021, puede llevar a una sanción de hasta el 150%. Por ejemplo, si una persona ha ganado 3.000 euros en criptomonedas y no las declara, la sanción podría alcanzar los 900 euros dependiendo de sus circunstancias personales.
Como ves, es muy importante que sepas declarar correctamente tus operaciones digitales, así como tus ganancias y pérdidas de patrimonio. Esperamos que este pos resuelva tus dudas, y si no, siempre puedes pedir una cita con uno de nuestros asesores para que te ayude con esta gestión.