Declaración de la Renta para Pensionistas – Actualización 2024

La Campaña de la Renta ya está en marcha, marcando un momento crucial en el calendario fiscal español. En este año 2024, la campaña ha comenzado el 3 de abril, lo que significa que ya puedes acceder al Borrador de la Renta 2023-24 y completar tu Declaración correspondiente al ejercicio de 2023. Sin embargo, es importante recordar que algunos contribuyentes, especialmente ciertos pensionistas, pueden estar exentos de presentar la Declaración de la Renta según las leyes fiscales.

Las regulaciones establecen que algunos contribuyentes en España pueden estar exentos de completar la Declaración de la Renta debido a ingresos por debajo del umbral mínimo o al tipo de prestación recibida del Estado. Esto afecta particularmente a algunos pensionistas, quienes deben comprender su situación fiscal y actuar en consecuencia.

En el caso de ciudadanos sin ninguna pensión, el límite para la presentación obligatoria de la Declaración de la Renta es si solo tienen un pagador y sus ingresos no superan los 22.000 euros. Sin embargo, si tienen más de un pagador, este límite se reduce a 15.000 euros, siempre y cuando el segundo pagador contribuya con más de 1.500 euros. Estas regulaciones están establecidas en la Ley 21/2022 del 23 de diciembre.

Los pensionistas también deben considerar su situación en relación con la Declaración de la Renta, dependiendo del tipo de pensión y sus ingresos. Las pensiones de incapacidad permanente, jubilación o viudedad están sujetas a tributación, ya que se consideran rendimientos del trabajo. Aquellos que superen los límites establecidos deben presentar la declaración obligatoriamente.

Sin embargo, no todos los pensionistas están obligados a presentar la Declaración de la Renta para los rendimientos del año 2023. Además de aquellos cuyos ingresos anuales no superan los 22.000 euros, los jubilados con una pensión pública e ingresos anuales inferiores a 12.900 euros, incluidos los planes de pensiones privados, están exentos.

Tampoco están obligados a presentar la Declaración de la Renta los beneficiarios de otras clases de pensiones, como las pensiones de clases pasivas, de orfandad, a favor de nietos y hermanos menores de 22 años o incapacitados para el empleo. Lo mismo se aplica a los beneficiarios de pensiones de incapacidad permanente absoluta o Gran Invalidez.

Es crucial entender estas exenciones para evitar confusiones y cumplir adecuadamente con las obligaciones fiscales. Si tienes alguna duda sobre si estás obligado a presentar la Declaración de la Renta, te recomendamos que consultes con un profesional de la fiscalidad. En Capital Gestoría y Asesoría contamos con un equipo experto en Declaración de Impuestos con más de 15 años de experiencia,

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Y recuerda que las fechas clave para la presentación de la Declaración de la Renta en 2024 son:

  • 3 de abril: inicio del plazo para la presentación de la Declaración de la Renta y acceso al Borrador de la Renta por Internet.
  • 7 de mayo: apertura del plazo para la presentación por teléfono de la Declaración de la Renta, con acceso a cita previa entre el 29 de abril y el 28 de junio.
  • 3 de junio: comienzo del plazo para la presentación presencial de la Declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria, con cita previa disponible entre el 29 de abril y el 28 de junio.