¿Estás al tanto de los cambios en la Deducción por Maternidad y Guarderías? Ahora es más fácil acceder a esta ayuda para padres y madres trabajadores. En Capital Gestoría en Toledo y Madrid, te ofrecemos asesoramiento sobre cómo aprovechar al máximo esta oportunidad.

Conoce todas las Novedades en la Deducción por Maternidad y Guarderías.Hoy en día, tener hijos se ha vuelto una tarea complicada. Los precios de los alimentos suben junto con el de la ropa, libros y demás artículos relacionados con el mantenimiento de la familia. Por ello, no es raro que padres y madres tengan que trabajar más, no pudiendo encargarse durante horas de sus hijos y, por ello, viéndose obligados a dejar a estos pequeños con familiares o en guarderías.

Para ayudar en esto último, el Estado lleva concediendo desde hace un tiempo la Deducción por Maternidad, la cual puede aplicarse si tienes hijos menores de tres años durante este tiempo, y que sirve para deducir gastos en el IRPF, que podía incrementarse hasta los 1.200 euros si dejabas a tus hijos en los establecimientos mencionados y eras madre trabajadora. No obstante, las Administraciones eran muy reticentes para pagar esta deducción si tus hijos no iban a una escuela de educación infantil, cosa totalmente distinta de las guarderías en el sentido de que las primeras cumplen con una serie de requisitos de la Ley Orgánica de Educación, mientras que las otras únicamente cumplían con la autorización del ayuntamiento correspondiente.

El motivo por el que las Administraciones Públicas se negaban en rotundo a conceder esta bonificación para el caso de las guarderías residía principalmente en el hecho «al tratarse de una medida vinculada al ámbito educativo» y, por ello «no procede la deducción respecto de gastos satisfechos a personas físicas o jurídicas que puedan desarrollar labores de custodia de niños menores de tres años con distintas finalidades ajenas a las educativas antes referidas». Esta argumentación de la administración puede encontrarse, por ejemplo, en la Consulta Vinculante V1952-19.

¡Pero las cosas han cambiado! La Sala Tercera del Tribunal Supremo, en la Sentencia STS 7/2024, ha desbaratado esta argumentación haciendo hincapié en que la norma está orientada a la custodia, no a la educación, y por ello toda madre trabajadora tendrá derecho a esta bonificación de 1.200 euros en su IRPF. No obstante, tanto las guarderías como los centros de educación infantil, siguen teniendo las mismas obligaciones de comunicar los datos pertinentes para manifestar la situación de estas madres contribuyentes.

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