Como te hemos contado en otros posts,  2023 viene cargado de novedades para los autónomos a la hora de hacer frente a sus obligaciones con la Seguridad Social. En este artículo vamos a contarte las novedades en la Tarifa Plana de los autónomos en general y haremos hincapié en cómo te van a afectar si tu empresa está domiciliada en Castilla la Mancha.

¿Qué es la Tarifa Plana de Autónomos?

La tarifa plana de autónomos es una ayuda que la Administración Pública ofrece a los nuevos trabajadores por cuenta propia. Esta bonificación consiste en el pago único de 80 euros mensuales (desde 2023), hay que tener en cuenta que a pesar de que pagues una cuantía reducida en tu cuota, la base de cotización será proporcional, por lo que será la mínima.

¿Cuánto pago como nuevo autónomo en 2023?

Si te das de alta como autónomo este año pagarás una cuota de 80 euros durante los dos primeros años. Tienes que saber que si durante el segundo año, es decir, 2024, tus ingresos superan el valor del Salario Mínimo Interprofesional, SMI, la cuota de 80 euros subirá según los ingresos que tengas previsto que vas a percibir. Tienes más información para saber cuánto tendrás que pagar en este otro  artículo de nuestro blog.

¿Qué requisitos debo tener para poder acogerme a la Tarifa Plana?

  • No haber estado de alta en los 2 años inmediatamente anteriores a la fecha de efecto de la nueva alta, o bien 3 años, en caso de haber disfrutado previamente de esta deducción.
  • No ser autónomo colaborador. Un autónomo colaborador es un familiar hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad del trabajador autónomo titular que convive y trabaja con él cuya incorporación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) resulta obligatoria.
  • No tener deudas pendientes con la Seguridad Social y Hacienda.

Es importante que tengas en cuenta que, una vez que finalice tu tarifa plana de autónomos, el cambio de precio en la cuota a pagar va a ser considerable, así que debes planificarte bien. Desde Capital Gestión Estratégica te recomendamos que trabajes con un equipo profesional capaz de desarrollar un plan de acción empresarial a medio y largo plazo.

Algunas comunidades autónomas como Castilla la Mancha ofrecen ayudas y bonificaciones para los trabajadores por cuenta propia por las que es posible alargar lo máximo posible esta bonificación.

¿Qué ayudas tengo como autónomo en Castilla la Mancha?

Los autónomos que lleven a cabo su actividad en la comunidad de Castilla la Mancha cuentan con unas ayudas para el inicio, mantenimiento y consolidación de su actividad recogida en la Orden 192/201 de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Estas ayudas se dividen en dos tipos de subvenciones:

  1. Línea 1: Subvenciones para el inicio y mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la generación de su empleo por cuenta propia y el mantenimiento durante los primeros 12 meses de actividad.
  2. Línea 2: Subvenciones para la consolidación de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la continuidad de su empleo por cuenta propia tras los primeros 12 meses de actividad.

En ambas líneas hay una obligación de mantenimiento de la actividad de 12 meses desde el día siguiente a la presentación de la ayuda.

¿Quién se puede beneficiar de estas ayudas?

  • Las personas físicas establecidas como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia, que realicen la actividad en nombre propio, incluyendo a las integradas en comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin personalidad jurídica, siempre que lo soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales.
  • Sociedades limitadas unipersonales, cuando el único socio que la constituya sea una persona física que desarrolle su actividad en la sociedad.

En la línea 1 se podrán beneficiar todas las personas que hayan causado alta en el RETA o en la Mutualidad correspondiente en el período comprendido entre el 28 de diciembre de 2020 y el 30 de junio de 2022.

En la línea 2 se podrán beneficiar las personas que lleven más de 12 meses y menos de 36 meses de alta en el RETA o Mutualidad en el período comprendido entre el 28 de diciembre de 2020 y el 30 de junio de 2022 y cumplan los requisitos para ser beneficiarios de las ayudas (es decir, que la actividad se desarrolle en las zonas previstas en la norma).

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

Línea 1: 3.000 euros.

Línea 2: 2.000 euros.

La línea 1 tendrá los siguientes incrementos:

  • Un incremento del 20% en la intensidad de ayuda, cuando la actividad se desarrolle en municipios o núcleos de población, definidos como zonas en riesgo de despoblación, y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblación.
  • Un incremento del 30% en la intensidad de ayuda para aquellas solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblación, y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación.
  • Un incremento del 40 % de la intensidad de la ayuda para aquellas solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes, definidos como zonas de extrema despoblación.

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