¿Qué puedo desgravar en la Declaración de la Renta este año?

Se acerca el momento de hacer la Declaración de la Renta y, sin duda, esta es la pregunta más frecuente a la que nos enfrentamos antes de iniciar el trámite. En este post te contamos, de forma resumida, las principales novedades para la Declaración de este año.

La primera novedad en materia fiscal con la que nos encontramos este año es la ampliación del límite exento a la hora de declarar el IRPF anual contemplada en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de los Presupuestos Generales del Estado. Con ella se incrementa la cantidad por la que una persona queda exenta de presentar su declaración pasando de 14.000 a 15.000 euros si los ingresos proceden de más de un pagador, siempre y cuando la suma de las cantidades percibidas por el resto de pagadores (no importa si es uno más o varios) no supere los 1.500 euros.

Otra novedad es que estarán exentos de presentar la declaración los contribuyentes que no superen los 22.000 euros si proceden del mismo pagador.

¿Qué deducciones estatales puedo aplicar en mi declaración para ver si me sale a pagar a Hacienda o a devolver?

Deducción por la compra de la vivienda habitual

Es posible deducirse parte del préstamo hipotecario por la compra de la vivienda habitual siempre y cuando: La hipoteca se haya firmado antes de enero de 2013.

Deducción por alquiler

Podrán deducirse el alquiler en su declaración de la renta los arrendatarios que hayan firmado su contrato de alquiler antes del 1 de enero de 2015. Ten en cuenta, que en este caso hablamos a nivel estatal, algunas comunidades autónomas permiten otras deducciones por alquiler, deberás revisar el caso concreto de la comunidad autónoma en la que tengas tu domicilio fiscal. Si estás en Castilla la Mancha puedes conocer las novedades en este post.

Si eres propietario y alquilas un inmueble debes declararlo en la renta al ser un rendimiento de capital inmobiliario. Aunque podrás deducirte algunos gastos como el IBI, el seguro del hogar o los gastos de comunidad.

Deducción por maternidad

Podrás deducir por maternidad hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de 3 años o adoptado que dé derecho a la aplicación del mismo por descendiente. Hasta ahora esta deducción era sólo aplicable a madres trabajadoras. En 2023 la ayuda se hace extensible a todas las madres estén o no trabajando de manera activa por cuenta ajena o sean autónomas.

Deducción por tener un plan de pensiones

Si tienes un plan de pensiones lo puedes desgravar en tu declaración. La aportación individual a un plan de pensiones privado es de 1.500 euros, aunque anteriormente era de 2.000 euros, el total de aportaciones no debe superar el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades.

Deducción por familia numerosa

En este caso el importe máximo será de 1.200 euros anuales, 100 euros al mes, «con un incremento del 100% para familias numerosas de categoría especial».

Otras deducciones familiares

Por último, otras de las deducciones que de puede aplicar en la declaración es por tener personas mayores de 65 años o con discapacidad a cargo.

En este caso, el mínimo por ascendientes será de 1.150 euros anuales, por cada persona mayor de 65 años o con una discapacidad igual o superior al 33%, cualquiera que sea su edad, que conviva con el contribuyente al menos la mitad del ejercicio, no tenga rentas anuales, excluidas las exentas superiores a 8.000 euros y no presente declaración por IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.

Como ves, hacer tu Declaración de la Renta puede parecer un trámite complejo. Por ello, te recomendamos que recurras a profesionales en materia fiscal para hacerlo. Si tienes dudas sobre cómo hacer tu declaración de la renta desde Capital Gestión Estratégica lo hacemos por ti. Puedes ver la información de cómo hacer TU DECLARACIÓN DE LA RENTA FÁCIL.

Te recordamos que las fechas para presentar tu declaración este año son del 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023.