Extranjería · Vivir en España sin trabajar
Vive en España sin trabajar, con tu residencia preparada correctamente desde el inicio.
Si dispones de medios económicos suficientes para mantenerte sin desarrollar una actividad laboral o profesional en España, estudiamos tu situación y gestionamos el procedimiento de residencia temporal no lucrativa.Residencia inicial · 1 año
La clave es poder vivir en España sin depender de un trabajo.
Antes de iniciar revisamos especialmente tu capacidad económica y cobertura sanitaria.- Solicitante principal 400 % del IPREM mensual.
- Cada familiar 100 % adicional del IPREM.
- Seguro médico Cobertura válida en España.
- Autorización inicial Vigencia inicial de un año.
Medios económicos
solicitante principal
Por familiar
IPREM adicional
Seguro de salud
obligatorio
1 año inicial
residencia temporal
¿Qué necesitas para solicitarla?
La residencia no lucrativa está pensada para personas que quieren establecerse en España sin trabajar.Medios económicos suficientes
Debes acreditar recursos suficientes para mantenerte durante todo el periodo de residencia sin necesidad de realizar actividades laborales o profesionales.Seguro médico
Debes disponer de un seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad autorizada para operar en España.Antecedentes penales
Se revisan los antecedentes exigibles y la situación del solicitante respecto al orden y seguridad públicos.Certificado médico
La solicitud incluye la acreditación sanitaria prevista para descartar enfermedades con repercusiones graves para la salud pública.Pasaporte vigente
Debe aportarse pasaporte o título de viaje válido, con la vigencia exigida para el procedimiento.Documentos extranjeros
Certificados y documentos expedidos fuera de España pueden necesitar legalización, apostilla y traducción válida.¿Cuánto dinero necesitas acreditar?
La normativa no fija una cifra única en euros, porque utiliza como referencia el IPREM vigente en el momento de la solicitud.Para el solicitante principal se exige una cantidad mensual equivalente al 400 % del IPREM.Por cada familiar que acompañe al solicitante debe añadirse el equivalente mensual al 100 % del IPREM.Regla de cálculo
- ✓ Solicitante: 400 % del IPREM mensual.
- ✓ Primer familiar: +100 % del IPREM.
- ✓ Segundo familiar: otro +100 %.
- ✓ Debe acreditarse para todo el periodo solicitado.
- ✓ Revisamos la cifra actual antes de presentar.
No basta con enseñar un saldo bancario aislado.
La Administración puede valorar tanto el volumen como la disponibilidad real de los recursos económicos y la documentación que permite acreditar su procedencia y existencia.
Cuentas bancariasPuede utilizarse documentación bancaria
para acreditar fondos disponibles.
Ingresos periódicosPensiones, rentas y otras fuentes
pueden formar parte de la acreditación.
ActivosLa normativa admite distintos medios
de prueba de capacidad económica.
Origen y disponibilidadRevisamos que la documentación
explique correctamente los recursos.
Así gestionamos tu residencia no lucrativa.
El procedimiento empieza antes de viajar a España.Estudiamos tu situación
País de residencia, recursos económicos, familiares y proyecto de residencia en España.Revisamos documentos
Pasaporte, bancos, seguro, antecedentes y certificados médicos.Preparamos la solicitud
Organizamos el expediente para su tramitación a través del Consulado correspondiente.Entrada y documentación
Tras la concesión orientamos sobre entrada en España y obtención de la TIE.¿Puedes venir con tu familia?
Sí. La normativa contempla que determinados familiares puedan obtener también residencia no lucrativa vinculada al solicitante principal.Esto implica aumentar los medios económicos que deben acreditarse y justificar correctamente el vínculo familiar.Entre los familiares incluidos se encuentran determinados cónyuges o parejas e hijos en los supuestos previstos legalmente.Si vienes acompañado revisamos
- ✓ Cónyuge o pareja.
- ✓ Hijos incluidos legalmente.
- ✓ Documentación del vínculo.
- ✓ Medios económicos adicionales.
- ✓ Seguro médico para cada persona.
Residencia no lucrativa significa realmente “sin trabajar”.
La autorización inicial está diseñada para residir en España sin desarrollar actividades laborales o profesionales. Si tu intención es trabajar por cuenta ajena, hacerte autónomo o desarrollar profesionalmente una actividad, conviene estudiar otra autorización antes de iniciar el expediente.Preguntas frecuentes.
Las dudas más habituales sobre residencia no lucrativa.¿Qué es la residencia no lucrativa?
Es una autorización temporal que permite residir en España
sin desarrollar actividades laborales o profesionales,
siempre que se cumplan los requisitos exigidos.
¿Cuánto dinero necesito?
Como regla general debes acreditar mensualmente
el 400 % del IPREM para ti y un 100 % adicional
por cada familiar que te acompañe.
¿Cuánto dura la primera residencia?
La autorización inicial de residencia temporal
no lucrativa tiene una duración de un año.
¿Puedo trabajar con una residencia no lucrativa?
La autorización está configurada para residir en España
sin realizar actividades laborales o profesionales.
Si quieres trabajar, debe estudiarse la autorización
o modificación que corresponda.
¿Puedo vivir en España con ingresos del extranjero?
Pueden acreditarse distintos tipos de recursos
y fuentes de ingresos siempre que sean suficientes
y se documenten correctamente conforme a la normativa.
¿Necesito seguro médico?
Sí. Debe acreditarse un seguro público o privado
de enfermedad concertado con una entidad
autorizada para operar en España.
¿Puedo solicitarla estando irregularmente en España?
No es la vía prevista para regularizar una situación irregular.
La autorización inicial se tramita desde el país de origen
o residencia mediante el procedimiento correspondiente.
¿Puedo venir con mi pareja e hijos?
La normativa permite incluir determinados familiares,
pero deben acreditarse el vínculo,
el seguro y los medios económicos adicionales necesarios.
¿Después puedo renovar?
Sí, si al finalizar la autorización continúas cumpliendo
los requisitos establecidos para la renovación.
¿Capital puede gestionar todo el expediente?
Sí. Revisamos tu situación económica,
documentación y seguro, preparamos el expediente
y te acompañamos durante el procedimiento.
Clientes que confían sus gestiones a Capital.
Opiniones reales sobre nuestro trabajo.









